jueves, 16 de octubre de 2014

Manual de convivencia Titulo I

MANUAL DE CONVIVENCIA
ACUERDO No. 05 DEL 4 DE  DICIEMBRE DE 2013
DEL CONSEJO DIRECTIVO




TITULO I
DE LOS PRINCIPIOS ORIENTADORES Y MARCO JURÍDICO



CAPÍTULO I FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

“La Universidad Libre es una escuela universal, sin restricciones ni imposiciones; es un hogar espiritual, un amplio templo abierto a todas las orientaciones del magisterio civilizador, a las sanas ideas en materia de educación; nada que ate la conciencia a los  prejuicios  y  a  las  preocupaciones,  pero  tampoco  nada  que  atente  contra  la libertad y la conciencia del individuo.”(Benjamín Herrera).

La Comunidad Unilibrista está comprometida en construir sus relaciones de convivencia a través del diálogo, el trabajo, el reconocimiento al otro, el respeto a la diferencia y la individualidad, el desarrollo del pensamiento y las relaciones humanas.

La Constitución Política de Colombia, las normas vigentes y el Acuerdo de Convivencia, permite a la comunidad académica el respeto a sus derechos y garantías. Los miembros de esta  expresan y ejercen sus derechos y deberes con el propósito de alcanzar la convivencia social, los fines y logros del Colegio de la Universidad Libre.



MISIÓN

Formar personas con conciencia humanista, mediante un currículo flexible, el desarrollo de las competencias ciudadanas y la búsqueda permanente de la excelencia,  que  contribuyan  a  la  construcción  de  un  proyecto  de  vida  con compromiso social.



VISIÓN

El Colegio de la Universidad Libre se propone garantizar que al año 2015 sus estudiantes  se  caractericen  por  ser  personas  socialmente  comprometidas  que ejerzan su libertad y liderazgo de manera autónoma en pro de la convivencia democrática.



PRINCIPIOS ORIENTADORES

El proceso educativo de la institución está orientado a formar personas autónomas, comprometidas  en  la  construcción  de  una  sociedad  basada  en  la  justicia,  la tolerancia, el respeto y la solidaridad.



El Proyecto Educativo Institucional (PEI) reconoce en todos los participantes del proceso educativo una sabiduría y potencialidad que lo enriquece y dinamiza.
La Institución reconoce en cada uno de sus integrantes, su individualidad y derecho a
ser diferente, y demanda la observancia de la higiene, la presentación personal y una actitud positiva ante la comunidad educativa.
El diálogo honesto y conciliatorio es el instrumento fundamental para el examen y la solución de conflictos.
El trabajo responsable y armonioso en un ambiente grato y feliz es la base del compromiso de todos para el crecimiento ético, afectivo e intelectual.
Los bienes de la Institución son para el servicio de la comunidad, por lo tanto deben tener un uso adecuado.
En todas las circunstancias los integrantes de la Comunidad Educativa orientan sus acciones al pleno respeto de los Derechos Humanos.
La comunidad diseña e implementa procesos de educación y formación para la prevención integral de los estudiantes.
La Institución desarrolla una cultura ecológica que mejora la calidad del entorno.
Los estamentos educativos participan en la conformación y gestión del Gobierno
Escolar de acuerdo con la Constitución, las leyes y las orientaciones del Consejo
Académico.
Sin reserva, los integrantes de la comunidad dedican todo su tiempo, energía y saber al compromiso de su formación integral.



CAPÍTULO II MARCO JURÍDICO

ARTICULO 1.  DEFINICIÓN Y NORMAS.  El Manual de Convivencia es el conjunto de orientaciones y normas establecidas de acuerdo con los principios y la filosofía de la UNIVERSIDAD LIBRE, de las disposiciones legales vigentes que se requieren para el normal funcionamiento del colegio. Todas las normas se encaminarán en primera instancia   a la prevención, si la situación lo amerita, la   corrección de los procesos de convivencia donde prima el bien colectivo sobre el particular.

El fundamento legal del presente Manual es la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación especialmente en los artículos 73 y 87; el Decreto 1860 de 1994 reglamentario de la anterior ley; la Ley de Infancia y la Adolescencia, el Decreto 1108 de 1994, el Decreto 1290 de 2009 sobre evaluación del aprendizaje, la Ley 1620 de 2013” por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar” con su Decreto Reglamentario
1965 de 2013 y demás normas concordantes que definen los derechos y deberes de los  estudiantes,  sus  relaciones  con  los  demás  estamentos  de  la  comunidad
educativa,   los   compromisos   de   los   acudientes,   los   estímulos,   sanciones   y
actividades.

Los acudientes y el estudiante, al firmar la matrícula, aceptan el Manual como el conjunto de normas que permitirán establecer relaciones de sana convivencia; se




comprometen a cumplirlo  a presentar propuestas que mejoren la calidad del servicio educativo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario