TÍTULO
IV
DE LOS DOCENTES
CAPÍTULO I DERECHOS Y
DEBERES
ARTÍCULO 21. DERECHOS
1. Conocer la filosofía de la Institución
y del manual de convivencia.
2. Recibir
actualización profesional por parte de las directivas, que permita la
3. cualificación de los docentes.
4. Tener
acceso al debido proceso.
5. Recibir información clara y oportuna
para el desarrollo de su gestión.
6. Participar
en los organismos del Gobierno Escolar.
7. Acceder a los recursos necesarios para
el desarrollo de su labor.
8. Recibir trato cordial y respetuoso por
parte de los miembros de la comunidad unilibrista.
9. Los demás
consignados en la Constitución Política, normas legales
vigentes;
convención colectiva y
Reglamento Interno de Trabajo.
ARTÍCULO 22.
DEBERES
1. Vivenciar
la filosofía, los principios y los valores institucionales.
2. Cumplir oportunamente con las
responsabilidades asignadas.
3. Presentar en forma clara y oportuna
los procesos de seguimiento y evaluación de los
estudiantes.
4. Participar activamente en
los eventos programados
por la institución:
reuniones, formaciones,
actividades pedagógicas, culturales y deportivas.
5. Presentar oportunamente la planeación y programación de su trabajo a los estudiantes, al jefe de área y a la
coordinación respectiva.
6. Ejercer
idóneamente el liderazgo académico de acuerdo con el proyecto educativo.
7. Permanecer y estar disponible en el momento
que se requiera durante la jornada laboral.
8. Practicar relaciones cordiales y
respetuosas con la comunidad educativa y una actitud facilitadora para la
solución de los conflictos.
9. Conocer y aplicar el manual de
convivencia en todos los casos.
10. Cumplir con el conducto regular y
reconocer los roles de autoridad.
11. Revisar
y evaluar todos y cada una de los trabajos dejados a los estudiantes,
en las fechas programadas, salvo casos excepcionales excusados debidamente.
12. Remitir oportunamente a los estudiantes a
los servicios complementarios.
13. Atender a los acudientes en los horarios
establecidos dentro de un clima
de respeto y cordialidad.
14. Al
detectar
dificultades
académicas
o
actitudinales,
elaborar
el
plan
de
mejoramiento que será informado oportunamente a los
acudientes
para
ejercer a tiempo los
correctivos del caso.
15. Informar
oportunamente las
inasistencias y
situaciones médicas
a
la
Coordinación.
16. Generar mecanismos para evitar el plagio en la información por el respeto
a los derechos de autor.
17. Poner en práctica las capacitaciones
ofrecidas
por
el
colegio
usando
estrategias metodológicas actuales y acordes
con el enfoque pedagógico de la institución.
18. Propender por el uso de la plataforma
SABERES.
19. Los demás que fija la Constitución Política y las normas legales
vigentes y los estatutos de la Universidad.
Parágrafo. Los docentes de la institución no pueden ser juez y parte en los procesos académicos y formativos de sus
hijos o acudidos.
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